¿Cómo Afiliarse? MANUAL DE PROCEDIMIENTO Nº 1
DE LA AFILIACIÓN
Conforme el concepto y el espíritu de su creación, la AMF se exigirá estar constituida por entidades reales, serias y representativas de cada país, con actividad deportiva e institucional organizada y comprobable.
Por ello la Asociación Mundial de Futsal - AMF, recibirá únicamente como afiliada a toda aquella entidad que lo solicite y cumpla con las normas u obligaciones fijadas en este Manual de Procedimiento, reconociendo a una sola entidad representativa por país; para ello la afiliada deberá cumplir con los requisitos aquí solicitados, pudiendo ser la afiliada de cualquier denominación dentro del rango jurídico de Confederación, Federación, Asociación, Liga, etc.
En algunos casos particulares la AMF podrá brindar afiliación provisoria a entidad de mínimo rango jurídico de un país sin representación formal; con compromiso escrito de la entidad solicitante de que en determinado plazo de tiempo autorizado por la AMF se constituirá en una entidad de rango nacional con reconocimiento oficial de la autoridad competente en su país.
Párrafo Único: Las entidades consideradas fundadoras de la AMF son entidades automáticamente afiliadas pero no están exentas de cumplir con las obligaciones previstas en este Manual de Procedimiento. Siendo ellas las que dictaron y fijaron las líneas institucionales a seguir es justo considerar que deberán ser ellas las que con su ejemplo iniciarán el cumplimiento formal de afiliación.
Para obtener la afiliación a la AMF se requiere a la entidad nacional que lo solicite, cumplir con los siguientes pasos:
NORMAS DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
Capítulo Uno
Solicitud de Afiliación. Acciones preliminares
1. La entidad interesada deberá enviar nota formal al Presidente de la AMF, solicitando la afiliación y manifestando el conocimiento y la aceptación de las condiciones que la AMF y su organización exigen para conceder la afiliación; la nota debe estar firmada por el Secretario y el Presidente.
2. La nota de solicitud debe estar acompañada de una copia certificada por autoridad competente del Acta donde el Comité Ejecutivo de la entidad solicitante aprobó la solicitud de afiliación a la AMF y el conocimiento y aceptación de las condiciones que la AMF y su organización exigen para conceder la afiliación.
3. Según el punto 2 - capítulo 1 de este Manual, en el Acta mencionada de la primera Asamblea Ordinaria o Extraordinaria que celebre la Entidad solicitante figurará en el Orden del Día el tratamiento de la solicitud de afiliación a la AMF para su aprobación. La decisión de la Asamblea deberá ser informada inmediatamente a la AMF adjuntando copia certificada del Acta de la Asamblea por la autoridad competente.
Completadas las acciones iniciales de afiliación, la entidad solicitante recibirá comunicación de la AMF donde se le informará acerca de la decisión tomada por el Comité Ejecutivo sobre la aceptación preliminar de la solicitud. En el caso de que ésta sea aceptada, la entidad solicitante deberá entregar a la AMF en un plazo no superior a los 180 días la siguiente documentación:
Capítulo Dos
Solicitud de Afiliación. Documentación Formal.
1. Copia certificada de sus Estatutos Sociales.
2. Nómina de su Comité Ejecutivo vigente y plazos de su mandato.
3. Dirección, teléfonos, fax y Correo Electrónico de la entidad, del Presidente y de por lo menos tres miembros del Comité Ejecutivo.
4. Copia certificada por la autoridad competente de la documentación que compruebe la Personería Jurídica de la entidad y su vigencia.
5. Copia certificada por la autoridad competente de la documentación que compruebe el reconocimiento oficial de la entidad solicitante por Autoridad Deportiva de Gobierno (Ministerios, Secretarías, Consejos).
6. Copia certificada por la autoridad competente de la documentación que compruebe el reconocimiento de la Entidad Deportiva Nacional de Deportes no Gubernamental de su país.
7. Copia certificada por la autoridad competente de la documentación que compruebe el reconocimiento del Comité Olímpico de su país (no excluyente).
8. Nomina de los miembros que integran la Entidad solicitante (Estados, Departamentos, Provincias) sus direcciones, teléfonos, fax, correo electrónico, nombre y apellido de cada uno de sus presidentes.
9. Informe firmado por Presidente y Secretario de su sistema de competencias (en todos sus ámbitos - locales, provinciales y nacionales con sus categorías), cuantas entidades primarias participan en cada una de ellas y copia de su Reglamento de Campeonatos.
10. Copia del Reglamento de Juego vigente en el país de la Entidad solicitante.
11. Informe firmado por Presidente y Secretario de la cantidad de atletas federados que tiene la entidad, por categoría, estado o provincia e informe del sistema administrativo que utiliza para federarlos.
Cuando Secretaría General de la AMF cuente con todos los datos, se informará al Comité Ejecutivo para que el mismo trate y conceda la Afiliación formal de la entidad solicitante, concedida la Afiliación se informará debidamente a la Entidad Solicitante de su nueva condición.
Capítulo Tres
Obligaciones Anuales de Mantenimiento
Antes del inicio del mes de marzo de cada año cada afiliada deberá informar obligatoriamente:
1. El calendario deportivo para el periodo que se inicia.
2. Resultados de todos los torneos realizados en el periodo deportivo del ejercicio anterior.
3. Las altas y bajas producidas entre sus afiliadas nacionales.
4. Los cambios de autoridades producidas en todos los ámbitos de la entidad.
5. Cambios o novedades institucionales de importancia que hubieran ocurridos en el año anterior.
6. En los periodos que corresponda se deberá enviar copia de la Memoria y Balances de cada una de las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias que realice.
Capitulo Cuatro
Obligaciones Económicas.
Si bien la AMF decidió que en su mandato inicial no se cobraría ningún tipo de arancel de afiliación o inscripción, se debe considerar que en periodos posteriores esto ocurrirá, razón por la que desde la Tesorería se emitirán las normas a cumplir en el futuro y las cuales se incluirán en este Manual de Procedimiento (A partir del año 2005 USS 300 por año).
Procedimiento Estándar para los auxiliares de la Secretaría General.
SOLICITUD DE AFILIACIÓN.
a) Recibida la solicitud de afiliación (puntos 1 y 2 del capítulo uno) se abrirá un Expediente provisorio de afiliación; se informará por escrito a la entidad solicitante de la apertura del expediente y su número. El tramite quedará en suspenso hasta que esta cumpla con el punto 3 del capitulo 1.
b) Cumplido el punto 3 del capitulo 1, se informará de la situación, por escrito, al Presidente para que la solicitud de afiliación se trate en el seno del Comité Ejecutivo. Tomada la decisión se deberá informar por escrito a la entidad solicitante.
c) Si la decisión es de aceptar la solicitud de afiliación en forma provisoria, la entidad solicitante deberá entregar a la AMF todo lo solicitado en el Capítulo 2 de este Manual dentro de los plazos allí fijados.
d) Una vez que la Secretaría General cuente con todos los documentos solicitados se completará el expediente y se informará por escrito al Sr. Presidente para que incluya en el orden del día el tratamiento de la solicitud de afiliación en la primera Asamblea que realice la AMF.
e) Tratado el tema por la Asamblea, se informará por escrito lo resuelto a la entidad solicitante y se completará el expediente iniciado oportunamente.
MANTENIMIENTO DE AFILIACION ANUAL.
1. Todos los años en el mes de diciembre se deberá enviar nota a cada uno de los países afiliados recordándoles que antes del mes de marzo del año siguiente deberán cumplir con lo previsto en él capitulo Nº 3 de este Manual.
2. Finalizada la primera quincena del mes de marzo de cada año se deberá informar por escrito sobre quienes cumplieron y quienes adeudan información anual de mantenimiento; en el segundo caso se enviará una nueva nota reiterando la solicitud y haciendo constar que los plazos ya se encuentran vencidos.
3. Si no se tuviera respuesta en el plazo de los 30 días posteriores al envío de la segunda nota, se informara por escrito al Sr. Presidente y se dejará constancia de la situación en el expediente de la entidad y se le informará por escrito que su afiliación se encuentra en situación irregular.
4. Si no se tuviera respuesta en el plazo de los 7 días posteriores al segundo reclamo, se elevará informe al Comité Ejecutivo para que considere la situación y aplique la sanción que corresponda (apercibimiento o suspensión de la afiliación).
5. Toda la información recibida anualmente se incorporará al expediente de la entidad que la proporcionó.
En casos especiales o particulares, el Comité Ejecutivo de la AMF podrá disponer plazos diferentes para que la entidad solicitante pueda completar los requerimientos administrativos de afiliación.
Entidades afiliadas
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Francia
Federación Francesa de Futsal ( Unión Nacional de Clubs de Futsal UNCFS)
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Paraguay
Federación Paraguaya de Fúbol de Salón
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Dinamarca
IFS - Indoor Football Scandinavia
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Brasil
Confederação Nacional de Futebol de Salão
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Colombia
Federación Colombiana de Fútbol de Salón
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Cataluña
Federacion Catalana de Futbol Sala
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Bielorrusia
Belarus Federation of Indoor Football
